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Plebiscito: ¿Cómo saber donde votar?

¿Qué pasa si no voy a votar?, ¿cuánto pagan por ser vocal? Revisa aquí todo lo que tienes que saber de cara a al plebiscito del 4 de septiembre.

El próximo 4 de septiembre Chile decidirá si aprueba o rechaza la nueva constitución redactada por la Convención Constitucional. Esto es lo que debes saber sobre el plebiscito de salida.

¿Quiénes deben votar en el Plebiscito Constitucional?

Todas las personas habilitadas para votar en Chile deben hacerlo de forma obligatoria. Los electores habilitados para sufragar en el exterior pueden hacerlo de forma voluntaria.

¿Qué pasa si no voy a votar?

Como la elección es de carácter obligatorio, quienes no participen corren riesgo de ser sancionados con una multa entre 0,5 y 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) (hasta $180.000 aproximadamente).

¿Cómo saber si soy vocal de mesa?

El vocal de mesa es un ciudadano designado por la Junta Electoral de cada provincia y debe encargarse de recibir los votos y realizar el primer escrutinio. Para saber si fuiste seleccionado como vocal de mesa debes acceder a la página web del Servel y consultar tus datos electorales (ingresando tu número de RUN) o llamar al 6006000166.

¿Cómo excusarme como vocal de mesa?

Si no puedes asistir como vocal de mesa puedes excusarte ante la Junta Electoral de tu domicilio electoral. El plazo para hacerlo es entre el 16 y el 18 de agosto. Desde el 20 de agosto podrás saber si tus excusas fueron aceptadas o si fuiste designado vocal reemplazante.

¿Qué pasa si soy vocal de mesa y no asisto?

Los vocales de mesa que no asistan corren el riesgo de ser multados entre 2 u 8 UTM (entre $117.000 y $470.000).

¿Me pagan por ser vocal de mesa?

Sí, los vocales de mesa que cumplan con su labor recibirán un bono de 2/3 de UF (Unidad de Fomento), unos $22.598.

Quienes sean vocales de mesa por primera vez y acudan a su capacitación percibirán un pago adicional de 0,22 UF ($7.457).

¿Qué documentos necesito para votar?

Debes presentar tu cédula de identidad o pasaporte (los cuales pueden estar vencidos desde el 1 de octubre de 2019 en adelante).

No serán válidos el comprobante de cédula de identidad en trámite, la licencia de conducir u otros documentos.

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