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Playas: ¿qué hacer si impiden el acceso?

Los impedimentos de acceso a las playas se pueden denunciar cuando: el acceso está cerrado, no hay acceso, una persona cobra por el acceso, entre otros.

Con la temporada de verano en pleno desarrollo en todo el país, las playas, ríos y lagos son los destinos preferidos. Estos son bienes nacionales de uso público lo que quiere decir que son de todos los chilenos y existe el derecho a disfrutar de sus múltiples usos. En estos meses es cuando suelen aumento los casos por problemas de acceso.

¿Qué hacer si me impiden el acceso a la playa?

Ante la dificultad o imposibilidad de acceder a las playas, toda persona puede hacer una denuncia en la página web oficial del Ministerio de Bienes Nacionales.

Allí deberá llenar un formulario y encontrará información general sobre el tema.

También se puede denunciar de forma presencial en las oficinas de la Seremi de Bienes Nacionales de cada región, o bien en las delegaciones presidenciales o municipalidades.

¿Cuándo denunciar?

Se puede denunciar en caso de:

  • Acceso cerrado
  • Cobro por acceso
  • Control de acceso
  • Mala condición de camino
  • Sin acceso
  • Un tercero impide el acceso

“Si es que un propietario sigue impidiendo el acceso, nosotros vamos a hacer uso de las herramientas que tenemos, haremos las denuncias y las acciones que pueden terminar con multas y eventualmente en el uso de la fuerza pública, si así lo determina la delegación presidencial”, informó la ministra de Bienes Nacionales, Javiera Toro.

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Denuncias no admisibles

Las denuncias que no serán admisibles son:

  • Cobro por estacionamiento
  • Construcción en la playa
  • Ingreso de automóvil en la playa
  • Ruidos molestos (fiestas)
  • Basura en la playa

Multas por impedir acceso a la playa

Se contemplan multas para quienes no colaboren con garantizar el acceso a las playas. Por ejemplo, cuando un acceso ya fue fijado a través de una resolución, el dueño del terreno está obligado a cumplir con la normativa: no puede cerrar este camino, ni impedir el paso o cobra por ello.

En esos casos, se expone a multas que pueden llegar a las 100 UTM (más de $6 millones) y de 200 UTM en caso de reincidencia.

Y, ¿si no hay acceso a la playa?

Es distinto cuando no hay ningún acceso a la playa. En esas situaciones, el Ministerio de Bienes Nacionales revisa el caso y sus equipos técnicos fiscalizan la zona. Dichos antecedentes son analizados junto a la Delegación Presidencial Regional correspondiente para fijar un acceso. El trabajo incluye el diálogo con los dueños de terrenos colindantes y representantes de los sectores que dan distintos usos a la zona costera, como el sector turístico, sindicatos de pescadores y recolectores de orilla, deportistas, vecinos, etc.

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